Sistemas fotovoltaicos
Obligatoriedad
Del mismo modo que con la energía solar térmica, el Código Técnico de la Edificación (CTE) (RD 314/2006 BOE 28-05-06) obliga en determinadas instalaciones a satisfacer una parte de la potencia eléctrica instalada mediante instalaciones solares fotovoltaicas.
Una inversión rentable y duradera
- Mediante una instalación solar fotovoltaica conectada a red, la energía del sol se recoge mediante los módulos fotovoltaicos y se inyecta a la red de la compañía eléctrica. En el RD 661/07 se recogen las condiciones en las cuales la empresa distribuidora de energía está obligada a comprar toda la producción de este tipo de centrales, a precio de tarifa especial sobre el precio de venta y durante un período mínimo de 25 años.
- Por otra parte, una instalación solar fotovoltaica aislada puede proporcionar suministro eléctrico a una instalación que por cualquier circunstancia no se pueda alimentar directamente de la red eléctrica convencional.
